BREVE POLÍTICA 76, ABRIL DE 2020

POLICY BRIEF 76, ABRIL DE 2020

Evolución de la exclusividad de datos para productos farmacéuticos en acuerdos de libre comercio

Por Wael Armouti

Los tratados de libre comercio (TLC) introducen una mayor protección de la propiedad intelectual (PI) que los establecidos en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (disposiciones ADPIC-plus) que privan a las partes de los beneficios del uso de las flexibilidades que se encuentran en los ADPIC Acuerdo para proteger la salud pública. Uno de los requisitos de TRIPS-plus es el de la exclusividad de datos. Establece que el gobierno debe proporcionar un período de exclusividad para los datos de prueba desarrollados por la empresa originadora, sobre la base de una motivación de incentivos y consideraciones de equidad. El impacto negativo del enfoque de exclusividad de datos en los países en desarrollo significa que la entrada de productos genéricos baratos se retrasa, incluso bajo una licencia obligatoria, lo que afectará el acceso a medicamentos asequibles.

Las disposiciones de propiedad intelectual en los acuerdos de libre comercio imponen una mayor protección de la propiedad intelectual que las del Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) ) que privan a los Estados partes del Acuerdo de las ventajas vinculadas al uso de las flexibilidades necesarias para proteger la salud pública. Entre las disposiciones que introducen un régimen de protección más estricto se encuentra la exclusividad de datos. Estas disposiciones requieren que los gobiernos, como parte de un enfoque de incentivos o sobre la base de consideraciones de equidad, otorguen un período de exclusividad para los datos de prueba desarrollados por la empresa originadora. El efecto de este enfoque es retrasar la introducción de medicamentos genéricos en los mercados de los países en desarrollo, a pesar del mecanismo de licencia obligatoria, y dificultar el acceso a medicamentos baratos. Los países que ya han firmado estos acuerdos de libre comercio pueden mitigar sus efectos en la salud pública al limitar el alcance de las disposiciones de exclusividad de datos y al hacer excepciones en sus leyes nacionales.

Las disposiciones que figuran en los acuerdos de libre comercio prevén una mayor protección de la propiedad intelectual (PI) que las establecidas en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), las cuales privan a las partes de los beneficios del uso de las flexibilidades recogidas en el Acuerdo sobre los ADPIC para proteger la seguridad pública. Uno de esos requisitos más estrictos que los TRIPS es el de la exclusividad de datos. En este caso se establece que el gobierno deberá otorgar un período de exclusividad para proteger las fechas de las pruebas elaboradas por la empresa original, sobre la base de una lógica de incentivos y consideraciones de equidad. El efecto negativo del enfoque de la exclusividad de datos en los países en desarrollo se traduce en una demora en la entrada de productos genéricos a precios bajos, incluso de conformidad con una licencia obligatoria, lo cual afecta al acceso a medicamentos asequibles. Los países que ya han firmado los acuerdos de libre comercio pueden mitigar sus efectos en la salud pública si limita el ámbito de aplicación de la exclusividad de datos en la legislación nacional y prevén las políticas al respecto en su legislación.

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Evolución de la exclusividad de datos para productos farmacéuticos en acuerdos de libre comercio
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FUENTE: https://www.southcentre.int/policy-brief-76-april-2020/

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